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Administración Presupuestaria

Servicios Web para la interoperabilidad del RCF

El registro contable de facturas de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos. Servicios Web para la interoperabilidad del RCF

La Oficina de Informática presupuestaria (en adelante OIP) de la Intervención General de la Administración del Estado (en adelante IGAE) han desarrollado servicios web para la interoperabilidad de las aplicaciones de gestión de los ámbitos funcionales de los Centros directivos que componen la Administración presupuestaria.

Estos servicios WEB permiten la descarga de facturas y su cambio de estado desde cualquier aplicación de gestión externa al sistema de información contable SIC3, mediante los siguientes métodos:

Métodos del servicio Web del RCF Descripción del método
SolicitudNuevasFacturasSolicitud de las facturas que aún no han sido descargardas por el sistema de gestión
descargarFacturaDescarga del fichero con la factura y documentos anexos
descargarFactura2Igual al método descargarFactura pero proporciona más datos de la factura descargada
confirmarDescargaFacturaConfirmar la descarga de una factura
confirmarDescargaListadoFacturas Confirmar la descarga de una lista de facturas
cambiarEstadoFactura2Cambiar el estado de una factura
cambiarEstadoListadoFacturas Cambiar el estado de una lista de facturas
anotarPagoFacturaDeAbono Anotar pago de factura de abono
solicitudNuevasPropuestasAnulacionSolicitud de las propuestas de anulación recibidas
cambiarEstadoPropuestaAnulacionCambiar el estado de la propuesta de anulación de una factura
capturarDatosAdicionalesAceptacionComunicar los datos adicionales de aceptación de una factura
eliminarDatosAdicionalesAceptacionEliminar los datos adicionales de aceptación de una factura
consultarFacturas Consultar facturas
consultaGenérica Consulta genérica

La descripción de los mismos puede consultarse en el "Manual de los Servicios Web del RCF"

Requisitos previos a la solicitud de los servicios web

El acceso a los servicios Web corporativos de los OIP se realizará desde los servidores de aplicaciones de la Unidad que lo necesite, utilizando como medio de comunicación la Intranet administrativa o red SARA. Sólo excepcionalmente se permitirá el acceso por Internet.

Los servicios Web clientes se autenticarán mediante un certificado de sello (artículo 13.3.d y 18.1.a de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos) emitido por alguno de los prestadores de servicios de certificación reconocidos por la plataforma @firma de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Se puede obtener información actualizada sobre los certificados reconocidos en la dirección de Internet:

https://administracionelectronica.gob.es/ctt/afirma/descargas#.XRX_4tozaUk

Procedimiento de solicitud de acceso de los servicios web

Las Unidades de las Administraciones públicas que necesiten establecer un diálogo entre aplicaciones deberán enviar un escrito de petición al Responsable de fichero de la Administración presupuestaria competente en cada caso concreto. Para saber a quién dirigir el escrito, se accederá al catálogo de sistemas de información publicado en el portal de Internet de la Administración presupuestaria https://www.pap.hacienda.gob.es, a través de la opción “Catálogo de Sistemas de Información” de la oficina virtual.

A partir de la pantalla que aparece  se selecciona la opción “Sistemas de información accesibles para usuarios externos”.

A continuación se presenta una pantalla que muestra la relación de sistemas accesibles por los usuarios externos y asociado a cada uno de ellos el Responsable de fichero competente para autorizar el acceso a los sistemas de información.

El escrito de solicitud se enviará, firmado electrónicamente, a la cuenta electrónica de correo del Responsable que figura en la columna “Responsable de fichero, ó mediante correo convencional en soporte papel firmado de forma manuscrita, si el Responsable de fichero acepta esta posibilidad. Asimismo, se acompañará la información sobre la persona o personas de contacto a nivel técnico informático de la Unidad o, en su caso, de la empresa de servicios contratada al efecto.

El Responsable de fichero del sistema de información con el que se desea interoperar, una vez prestada su conformidad, suministrará la información de contacto técnico a la cuenta electrónica de correo del Responsable de centro de la División IV de Explotación de la OIP.

La citada División IV de Explotación de la OIP remitirá a la persona o personas de contacto la documentación técnica y los datos de las personas de soporte técnico que ayudarán a establecer la conexión.

En un primer momento se facilitará la conexión a una plataforma de pruebas y, una vez dada la conformidad por ambas partes, se establecerá la conexión a la plataforma real.

Procedimiento técnico de las pruebas de los accesos a web services para su posterior puesta en producción

Una vez aprobada la petición, cuya solicitud se ha descrito en el párrafo anterior, el personal técnico de la División IV de Explotación de la OIP se pondrá en contacto con las personas facilitadas por el organismo peticionario, al objeto de iniciar la colaboración para conseguir el intercambio de la información.

El departamento técnico de la Administración, órgano o entidad pública interesada o de la empresa de servicios contratada al efecto hará llegar el certificado de sello de Administración, órgano o entidad de derecho público para actuación administrativa automatizada u otro similar de la empresa de servicios (exportado sólo con la clave pública) en que figura el CIF del organismo de la administración si es el propio organismo el que efectúa el desarrollo (o el de la empresa que efectúa el desarrollo), mediante correo electrónico dirigido a la dirección que le comunique el Área de Integración de Sistemas de la División IV de Explotación de la OIP.

Una vez recibido el certificado, esta unidad, comprobará la adecuación y autenticidad del mismo y remitirá, por correo electrónico, el MANUAL TECNICO DETALLADO. En este manual se concretan las informaciones técnicas necesarias, así como los programas de ejemplo en JAVA y .NET y, adicionalmente, la manera de obtener soporte técnico durante esta fase de pruebas. Asimismo, la División I de Aplicaciones de Contabilidad y Control de la OIP hará llegar el documento INTEROPERABILIDAD DE APLICACIONES EXTERNAS CON EL SISTEMA DE INFORMACION con el que se desea conectar, con los requisitos para el intercambio de información.

Una vez finalizadas las pruebas correctamente, se pasará a su puesta en producción.

El departamento técnico de la Administración, órgano o entidad pública interesadaen la conexión hará llegar el certificado de sello (exportado sólo con la clave pública) en que figura el CIF del organismo al Área de Integración de Sistemas de la Divisió IV de Explotación de la OIP. Esta unidad, una vez comprobada la adecuación y autenticidad del certificado remitirá, por correo electrónico, el MANUAL TECNICO DETALLADO. En éste se detallan las informaciones técnicas necesarias, así como los programas de ejemplo en JAVA y .NET y, adicionalmente, la manera de obtener soporte técnico durante esta fase de puesta en producción.